Una persona refugiada es aquella que se ha visto obligada a salir de su país de origen a causa de un temor fundado de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social y que, a causa de estos riesgos, no quiera o pueda acogerse a la protección que le brinda su propio país.
Se consideran también como refugiadas las personas que han huido de sus países porque su vida, libertad o seguridad están siendo amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que alteran gravemente el orden público.
Si usted está en Colombia y se encuentra en la anterior situación, puede solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado.
Sobre el proceso general:
El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado (CONARE), es quien se encarga de analizar las solicitudes de asilo y decide qué personas son reconocidas como refugiadas. El GIT Refugio (Grupo Interno de Trabajo de Determinación de la Condición de Refugiado.) se encarga de estudiar su caso, convocarlo a las entrevistas y de tramitar su proceso ante la CONARE.
El proceso de reconocimiento de la condición de refugiado consta de tres etapas: 1) Solicitud, 2) Entrevista, 3) Respuesta.
1. La solicitud:
Usted puede hacer su solicitud cuando ingresa al país a través de las fronteras,puertos o aeropuertos o cuando ya se encuentra dentro del país. Tras la verificación por parte de las autoridades, recibirá un salvoconducto gratuito hasta por 180 días, el cual es renovable hasta que se tome una decisión sobre su solicitud. ¡Recuerde estar pendiente de su correo electrónico y su número telefónico para recibir la comunicación del Ministerio de Relaciones Exteriores!
¡Esté tranquilo! Toda la información proporcionada en la solicitud es confidencial y no se dará aviso a las autoridades de su país sobre la solicitud que usted está haciendo.
2. La entrevista:
El Ministerio de Relaciones Exteriores lo citará para una entrevista, buscando conocer más en detalle su situación. Si usted no se presenta a la entrevista, su proceso no continuará y será archivado
3. La respuesta:
Si usted es reconocido como refugiado, recibirá una visa de permanencia con la cual podrá solicitar a Migración Colombia la expedición de una cédula de extranjería. Como refugiado tendrá derecho a permanecer en el país y a trabajar; además, podrá acceder a servicios como educación y salud. Por otro lado, si su solicitud es rechazada, usted podrá apelar la decisión en un plazo máximo de 10 días hábiles, después de ser notificado, a través de un recurso de reposición ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
ACNUR puede brindarle orientación sobre como solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado y sobre sus derechos en Colombia a través de sus oficinas, Puntos de Atención y Orientación (PAO), o por la Línea de Atención Nacional #675. ACNUR no realiza ningún cobro a las personas o comunidades beneficiarias de sus proyectos o servicios.